Artículo 22.

La DGBSDI tiene las siguientes funciones:

  1. Coordinar el SIBIUNAM acorde con las políticas generales que establezca el Consejo del mismo, de conformidad con lo previsto en el presente Reglamento;

  2. Determinar las medidas para que las bibliotecas universitarias se relacionen y desarrollen sus colecciones y servicios de información;

  3. Coordinar, organizar y supervisar el acceso a los recursos digitales del SIBIUNAM, con la finalidad de contribuir a la docencia, investigación y extensión de la cultura;

  4. Prestar servicios bibliotecarios y digitales de información en sus espacios físicos y en línea;

  5. Elaborar el plan anual de desarrollo del SIBIUNAM con la participación de las instancias que lo conforman y presentarlo al Consejo del mismo para su consideración y, en su caso, aprobación;

  6. Coadyuvar con las instancias que conforman el SIBIUNAM para el cumplimiento de sus funciones;

  7. Presentar al Consejo del SIBIUNAM opiniones sobre los aspectos operativos necesarios para el buen funcionamiento del Sistema;

  8. Participar en la vigilancia de la utilización racional y transparente de los recursos presupuestarios y de todo tipo que se destinen a los servicios bibliotecarios y digitales de información, así como supervisar su ejercicio y utilización exclusiva para los fines a los que fueron asignados;

  9. Opinar sobre la creación, fusión, edificación, ampliación o remodelación de las bibliotecas y de la infraestructura tecnológica para el desarrollo de servicios digitales de información, conforme a las solicitudes de las entidades y dependencias de la UNAM;

  10. Ofrecer y aplicar un plan permanente de actualización profesional para el personal académico y de capacitación para el personal administrativo que prestan sus servicios en las bibliotecas de la UNAM, a fin de elevar la calidad de su desempeño;

  11. Difundir los planes, programas e informes que se generen en las instancias del SIBIUNAM, así como las evaluaciones que de ellos haga el Consejo del mismo;

  12. Presentar al Consejo del SIBIUNAM proyectos de normas bibliotecarias, administrativas y de servicio para su consideración y, en su caso, aprobación; así como vigilar y supervisar su aplicación;

  13. Realizar los procesos técnicos de los materiales documentales en cualquier formato adquiridos por las bibliotecas y mantener un sistema de información sobre dichos acervos;

  14. Recopilar, organizar y resguardar la información de los distintos recursos analógicos, digitales y en otros formatos del SIBIUNAM;

  15. Brindar acceso a los recursos informativos acopiados por el SIBIUNAM, respetando los derechos de propiedad intelectual;

  16. Promover la preservación del patrimonio cultural y científico de la UNAM en formatos digitales y en otras modalidades;

  17. Crear y actualizar bases de datos en línea sobre materiales digitales disponibles para consulta y, en su caso, uso de la comunidad universitaria;

  18. Garantizar la interoperabilidad y la perdurabilidad de los recursos que, en diferentes formatos, resguarda el SIBIUNAM;

  19. Fomentar el uso de normas comunes y mejores prácticas en el manejo de recursos digitales en el SIBIUNAM;

  20. Establecer programas de abastecimiento, catalogación e interoperabilidad de objetos digitales y en otros formatos electrónicos de aprendizaje para coadyuvar con la oferta del Sistema Universidad Abierta y Educación a Distancia de la UNAM;

  21. Diseñar e implementar cursos y talleres para el desarrollo de capacidades informativas, digitales y de comunicación que permitan a las personas usuarias encontrar, seleccionar, evaluar, aprovechar, usar y comunicar de manera ética la información real verificable; así como del uso de herramientas tecnológicas de identificación de coincidencias en los trabajos escritos que requieran las diversas opciones de titulación y graduación, para la prevención de faltas de integridad académica, de acuerdo con el uso de éstas en el ejercicio del Principio de Integridad y Honestidad Académica previsto en el Código de Ética de la UNAM;

  22. Diseñar, actualizar e implementar servicios bibliotecarios en modalidad digital y en otros formatos;

  23. Implementar servicios de información en línea sobre los catálogos del SIBIUNAM;

  24. Participar en los comités y demás cuerpos colegiados en los que, de acuerdo con la normativa universitaria, se le designe como representante;

  25. Realizar la Catalogación en la Publicación (Cataloguing in Publication, CIP, por sus siglas en inglés) o Catalogación en la Fuente, de libros publicados por la UNAM en formato impreso o electrónico, conforme a las solicitudes de las entidades y dependencias, de acuerdo con las Disposiciones Generales para la Actividad Editorial y de Distribución de la UNAM;

  26. Emitir constancias de no adeudo de material documental de las bibliotecas del SIBIUNAM para los trámites de obtención de títulos y grados;

  27. Colaborar con las Entidades para proveerles acceso a las herramientas tecnológicas de que dispone la UNAM, en el proceso de revisión de coincidencias en tesis y trabajos escritos que requieran las opciones de titulación o de obtención de grados académicos, con el fin de cumplir con el Principio de Integridad y Honestidad Académica previsto en el Código de Ética de la UNAM;

  28. Presentar anualmente al Consejo del SIBIUNAM un informe sobre el funcionamiento del Sistema, y

  29. Las demás que le confiera la persona titular de la Secretaría de Desarrollo Institucional y la normativa universitaria.