Artículo 30
Con el fin de que el Sistema Bibliotecario de la Universidad Nacional Autónoma de México cumpla con las funciones que le han sido fijadas y logre sus objetivos, el Consejo del Sistema Bibliotecario solicitará a los titulares de las entidades académicas y dependencias universitarias que considere en forma prioritaria:
- Asignar recursos para la adquisición y preservación del material documental en cualquier formato destinado a las bibliotecas, para lo cual se tomará en consideración el incremento anual en libros, revistas y bases de datos, así como el mobiliario, equipo e instalaciones;
- Asegurar mediante las instancias pertinentes, que los recursos destinados a la adquisición y preservación del material documental en cualquier formato, mobiliario, equipo bibliotecario e instalaciones, no sean utilizados para otros departamentos ni transferidos a otras partidas presupuestales;
- Considerar las solicitudes de las bibliotecas, avaladas por sus comisiones de biblioteca;
- Realizar y apoyar las acciones encaminadas a la búsqueda de ingresos extraordinarios en apoyo de las bibliotecas;
- Destinar los ingresos extraordinarios que se generen al mejoramiento de los servicios bibliotecarios y de información;
- Suscribir convenios con organizaciones editoriales del país y del extranjero, para la adquisición oportuna y a bajo costo del material documental en cualquier formato, y
- Dotar a la Biblioteca Central de dos ejemplares de las ediciones y coediciones que realice la Universidad.
Artículo 31
Los bienes muebles e inmuebles destinados al Sistema Bibliotecario de la Universidad Nacional Autónoma de México no podrán utilizarse con fines distintos a los que se les ha asignado. El material documental y de cualquier otro tipo adscrito al Sistema forma parte del patrimonio universitario y en consecuencia, al igual que para los bienes muebles e inmuebles, se tomarán las medidas para su idónea protección y preservación.
El Consejo del Sistema Bibliotecario dictará las medidas indispensables para el cumplimento de este artículo.