Artículo 5º

Con la finalidad de vincularse a las funciones sustantivas de la UNAM, el Sistema Bibliotecario de la Universidad Nacional Autónoma de México tendrá como objetivos:

  1. Aplicar criterios académicos en la planificación y en la prestación de los servicios bibliotecarios y de información, en todo tiempo y para cualquier efecto;
  2. Proporcionar servicios bibliotecarios y de información en todas las entidades académicas y dependencias de la  Universidad y garantizar que los mismos se brinden a los usuarios de manera eficiente, oportuna, uniforme y suficiente;
  3. Ofrecer a la comunidad universitaria el material documental y digital requerido para apoyar el desarrollo de las actividades académicas;
  4. Promover el uso de los medios informáticos y telemáticos para ofrecer servicios  bibliotecarios y de información automatizados;
  5. Orientar e instruir al usuario en el uso óptimo de los recursos y servicios bibliotecarios y de información disponibles en el Sistema Bibliotecario de la Universidad Nacional Autónoma de México, de tal forma que se estimulen el estudio, la investigación, la difusión de la cultura y la extensión universitaria;
  6. Desarrollar acervos representativos de los diversos contenidos del saber humano y acordes con los planes y programas de estudio, de investigación, de difusión de la cultura y de extensión universitaria;
  7. Elevar la calidad del desempeño del personal que presta sus servicios en las bibliotecas, por medio de un plan permanente de capacitación, actualización y desarrollo profesional;
  8. Extender los servicios bibliotecarios y de información a los usuarios con discapacidad;
  9. Informar a la comunidad y difundir entre la misma los servicios bibliotecarios y de información disponibles, en particular las nuevas adquisiciones y los recursos de información digital;
  10. Obtener o mejorar los espacios para las bibliotecas universitarias, y
  11. Preservar el conocimiento humano a través de sus colecciones impresas y digitales.

Artículo 6º

El Sistema Bibliotecario de la Universidad Nacional Autónoma de México estará integrado por:

  1. El Consejo del Sistema Bibliotecario;
  2. El Comité Asesor del Consejo del Sistema Bibliotecario;
  3. La Dirección General de Bibliotecas;
  4. Las bibliotecas de la UNAM, y
  5. Las comisiones de biblioteca.