A partir de septiembre de 2002, las referencias bibliográficas o notas contenidas en los documentos no son contabilizadas, pero se anota en este campo la abreviatura: Refs., la cual aparecerá, precargada, en la plantilla de catalogación.
Esta leyenda indicará al usuario que el documento sí contiene referencias, citas o notas bibliográficas.
Para ser consideradas como referencias, cada una deberá tener los datos mínimos para su recuperación como son: autor, título, fuente, año y paginación. En el caso de las fuentes electrónicas deberá tener además la dirección URL completa y la fecha de consulta.
Las referencias pueden encontrarse tanto al final del documento, como al pie de página e intercaladas en el texto o en diversas notas.
En el caso de reseñas de libros, no se deberá considerar la referencia del libro reseñado.
Nota: Si el documento no incluye referencias bibliográficas, el analista deberá borrar la abreviatura y dejar el campo en blanco.